El Comité de Cambio Climático ha dado su apoyo a la propuesta de Reglamento presentada por la Comisión Europea para regular el procedimiento de subasta de derechos de emisión con arreglo al régimen de comercio de derechos de emisión de la Unión Europea (RCDE), tal como se define en el marco del paquete de medidas sobre clima y energía. El proyecto de Reglamento, al que el 14 de julio dio el visto bueno el Comité, cubre las subastas de derechos de emisión del tercer periodo y posteriores, incluyendo cualquier subasta anterior antes de 2013. Además, el Reglamento se aplicaría a los llamados “derechos de emisión de la aviación” a partir de 2012, lo cual puede ser utilizado para el cumplimiento únicamente de los operadores de aeronaves.
El sistema de subasta sustituiría progresivamente a la asignación directa a partir del tercer periodo de 2013 dentro de todos los sectores del RCDE excepto la aviación. En 2013 se espera que al menos la mitad del volumen total de derechos de emisión sea subastado. Para la aviación, el 15% de derechos de emisión serán subastados en el 2012 y esta proporción se mantendrá igual en los años siguientes.
El proyecto de Reglamento establece que los Estados miembros y la Comisión adquirirán conjuntamente una plataforma común para subastar derechos de emisión en nombre de los Estados miembros. Se espera que una plataforma común de subastas sea la solución más ventajosa tanto para los Estados miembros como para los candidatos de dichas subastas. La Comisión iniciaría sin demora los preparativos para la adquisición de la plataforma de subastas común, conjuntamente con los Estados miembros participantes.
La Comisión considera que una plataforma común sería idónea para asegurar el respeto de los principios de no discriminación, transparencia y simplicidad, y que constituye la mejor garantía para el acceso justo y equitativo a las pequeñas y medianas empresas cubiertas por el régimen de comercio de emisiones de la UE RCDE, así como pequeños emisores, minimizando el riesgo de abuso de mercado. No obstante, los Estados miembros que deseen designar una plataforma de subasta propia podrán hacerlo, ya que el Reglamento establece las normas adecuadas para el funcionamiento de las plataformas de subastas, y la coordinación con la plataforma de subastas común.
El proyecto de Reglamento prevé un formato de subasta simple en una única vuelta, sobre cerrado y precio único formato de subasta, que sea de fácil acceso para los operadores del régimen de derechos de emisión. Asimismo, prevé un calendario de subastas previsible, con volúmenes anuales que se determinará de forma automática sobre la base de una simple regla en el Reglamento. Las plataformas de subasta publicarán los datos de las subastas individuales previstas para un determinado año natural con casi un año de antelación. El volumen de derechos de emisión que se subastará en el año 2012 se determinará en una etapa posterior.
La Comisión presentará ahora el proyecto de Reglamento al Parlamento Europeo y al Consejo para un plazo de reflexión de tres meses.